Consultoría de canal de denuncias para empresas en Madrid

En Fin2gO, implantamos y gestionamos tu canal de denuncias para empresas conforme a lo establecido en la Ley 2/2023.

Con más de 35 años de experiencia en asesoría laboral, Fin2go permitirá que tu empresa cumpla con los requisitos asociados a la instauración del canal de denuncias sin necesidad de contratar una plataforma de software específica para ello ni de coordinarlo con un despacho de abogados adicional.

Cumplimiento, registro en plazo y aplicación de la tecnología. Todo gestionado por el mismo equipo que ya conoce tu empresa.

Tu consultoría de canal de denuncias en Madrid

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo obliga a cualquier empresa privada con 50 o más personas trabajadoras a disponer de un canal de denuncias.

En Fin2gO lo entendemos así: el canal no es un trámite puntual y forma parte de la gestión laboral continua de tu empresa, por ello lo integramos dentro de tu asesoría laboral ofreciendo un servicio integral.

¡Contacta con un asesor, gratis y sin compromiso!

Condiciones de Uso

Opiniones reales sobre nuestra consultoría de canal de denuncias en Madrid

Organizaciones y empresas que ya han confiado en nuestros servicios como consultoría de canal de denuncias

¿Por qué gestionar tu canal de denuncias con Fin2gO?

Qué incluye nuestra asesoría de canal de denuncias

Diagnóstico inicial

Implantación del sistema

Política interna de denuncias

Gestión de comunicaciones recibidas

Reporting periódico

Formación a responsables

La Ley 2/2023 ya está en vigor — ¿cumple tu empresa?

La obligación es vigente desde marzo de 2023 para empresas con más de 249 personas trabajadoras, y desde diciembre de 2023 para plantillas de entre 50 y 249. Si tu empresa ya supera este umbral, la implantación del canal de denuncias es obligatorio.

¿Qué sucede si no lo tienes implantado?

La normativa no espera. Las sanciones por incumplimiento para personas jurídicas pueden alcanzar 1.000.000€ según la tipificación de la infracción. La supervisión corre a cargo de la Autoridad Independiente de Protección al Informante (A-ISI), ya operativa en España.

No se trata de un riesgo hipotético o teórico, consiste en una autoridad supervisora, activa y con potestad sancionadora.

¿Qué organizaciones están obligadas a implantar y gestionar el canal de denuncias?

  • Empresas privadas con 50 o más personas trabajadoras.
  • Partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban financiación pública.
  • Entidades del sector público, con independencia del tamaño de plantilla.
  • Empresas de cualquier tamaño que operen en servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales o seguridad en el transporte.

No hace falta que sepas exactamente en qué categoría encaja tu empresa — en la primera reunión te lo aclaramos.

Nuestra consultoría de canal de denuncias en Madrid está muy cerca de ti

  • Clientes actuales de Fin2gO que quieren unificar la gestión del cumplimiento en un solo equipo.
  • PYMES con 50-250 personas trabajadoras que deben cumplir la Ley 2/2023 por primera vez y no quieren hacerlo con un proveedor puntual sin contexto de negocio.
  • Startups post-ronda con estructuras en crecimiento rápido donde las obligaciones laborales escalan igual de deprisa.
  • Empresas con sede en Madrid que buscan una asesoría local, accesible y proactiva.

– Dirección: Calle Velázquez 126, 2º C — 28006 Madrid

– Teléfono: +34 910 07 57 98

– Mail: info@fin2go.es

– Horarios: De Lunes a Viernes de 9:30 a.m a 2 p.m

Pon en marcha tu canal de denuncias en Madrid, sin compromiso

Opta por una consultoría de canal de denuncias en Madrid que entienda cómo funciona tu empresa. Nuestro equipo analiza tu situación en la primera reunión y te propone la solución adecuada — sin burocracia, sin letra pequeña.

La regulación puede actualizarse — consulta con nuestro equipo para conocer el estado normativo aplicable a tu empresa en cada momento.

Preguntas frecuentes sobre el canal de denuncias para empresas

¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?

Todas las empresas privadas con 50 o más personas trabajadoras, conforme a la Ley 2/2023. También ciertas entidades públicas y empresas de sectores regulados — como servicios financieros o prevención del blanqueo de capitales — con independencia del tamaño de plantilla.

¿Qué ocurre si mi empresa no tiene canal de denuncias?

El incumplimiento puede derivar en sanciones que, para personas jurídicas, alcanzan hasta 1.000.000€ según la gravedad. La supervisión la ejerce la Autoridad Independiente de Protección al Informante (A-ISI), ya operativa.

¿El canal garantiza el anonimato del informante?

Sí. La Ley 2/2023 exige proteger la confidencialidad de la identidad de la persona informante. El sistema que implantamos cumple este requisito y respeta el RGPD en el tratamiento de datos personales.

¿Quién gestiona las comunicaciones recibidas?

En Fin2gO recibimos, registramos y clasificamos cada comunicación. Las que requieren análisis jurídico complejo se derivan al equipo legal de nuestra alianza con Delvy.

¿Puedo contratar solo el canal de denuncias sin cambiar mi asesoría actual?

Sí. Puedes incorporar este servicio de forma independiente. Los honorarios dependen del tamaño y la complejidad de tu empresa — solicita presupuesto sin compromiso.

¿Cuánto tiempo lleva implantar el sistema?

Con la documentación disponible, la implantación estándar lleva entre 2 y 4 semanas: diagnóstico, política interna, configuración del canal y formación de responsables