35 años acompañando a empresas en la implementación de medidas de igualdad real y efectiva
En Fin2gO, unimos nuestros más de 35 años de experiencia con una atención personalizada para ofrecerte soluciones integrales en asesoramiento y gestión laboral.
Nuestro equipo está dedicado a brindarte soluciones completas en la gestión de nóminas y en el cumplimiento normativo laboral, asegurando un servicio cercano y de calidad.
Empieza tu diagnóstico de protocolo LGTBI para empresas en Madrid hoy, sin compromiso
Opiniones reales sobre nuestra consultoría de protocolo LGTBI en Madrid
Organizaciones y empresas que han confiado en nosotros, a los que nuestra consultoría de protocolo LGTBI en Madrid ha contribuido a crear entornos inclusivos, respetuosos y seguros para todas las personas.
Cómo te podemos ayudar con nuestra consultora de protocolo LGTBI en Madrid
La obligación de tener protocolo LGTBI para empresas en Madrid viene de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTI y se desarrolla en el Real Decreto 1026/2024. Cuando tu empresa supera las 50 personas trabajadoras, te toca implantar dos cosas a la vez:
1. Un conjunto planificado de medidas para garantizar la igualdad real del colectivo LGTBI en el día a día laboral.
2. Un protocolo de actuación frente al acoso o la violencia contra las personas LGTBI, con prácticas preventivas y mecanismos de detección y actuación.
Como especialistas en protocolo LGTBI integrados con tu asesoría laboral, en Fin2gO hacemos las dos cosas: diagnóstico, redacción, negociación, implantación, formación, procedimiento de denuncia y mantenimiento. Una sola consultoría de protocolo LGTBI que asume todo el ciclo, no solo el papel.
Qué incluye nuestra consultora de protocolo LGTBI para empresas
Qué dice la ley sobre el protocolo LGTBI para empresas en Madrid
Disparador de la obligación: empresas con más de 50 personas trabajadoras. La obligación es doble: medidas planificadas LGTBI para empresas + protocolo de acoso LGTBI.
Contenido mínimo de las medidas (RD 1026/2024):
- Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación.
- Medidas en acceso al empleo, clasificación y promoción profesional.
- Formación, sensibilización y uso del lenguaje inclusivo.
- Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
- Permisos y beneficios sociales sin discriminación.
- Régimen disciplinario frente a conductas discriminatorias.
- Protocolo de actuación frente al acoso: prácticas preventivas + mecanismos de detección y actuación específicos para el colectivo LGTBI.
Marco normativo:
- Artículo 15 de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTI (nofollow).
- Artículos 1 y 2 del Real Decreto 1026/2024 por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas (nofollow).
Nuestra consultora de protocolo LGTBI en Madrid está muy cerca de ti
Como consultora de protocolo LGTBI en Madrid atendemos a empresas de toda la Comunidad desde nuestra oficina en el barrio de Salamanca. Reuniones presenciales, acompañamiento a la negociación con la representación legal de las personas trabajadoras, formación a plantilla, procedimiento de denuncia operativo y más.
- Dirección: Calle Velázquez 126, 2º C — 28006 Madrid
- Teléfono: +34 910 07 57 98
- Mail: info@fin2go.es
- Horarios: De Lunes a Viernes de 9:30 a.m a 2 p.m
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Preguntas frecuentes sobre el protocolo LGTBI para empresas en Madrid
Cuando tu empresa supera las 50 personas trabajadoras. La obligación del protocolo LGTBI para empresas viene del artículo 15 de la Ley 4/2023 y se desarrolla en el RD 1026/2024. Incluye dos componentes: un conjunto planificado de medidas y un protocolo específico frente al acoso al colectivo LGTBI.
Son obligaciones distintas. El Plan de Igualdad (LO 3/2007 + RD 901/2020) se centra en la igualdad entre mujeres y hombres e incluye Registro Retributivo y Auditoría Retributiva. El protocolo LGTBI —que algunos llaman también plan LGTBI o medidas LGTBI para empresas— se regula por la Ley 4/2023 y el RD 1026/2024 y se centra en la igualdad real del colectivo LGTBI e incluye un protocolo específico de acoso. Las dos son obligatorias a partir de 50 trabajadores. Si necesitas las dos, las implantamos como paquete coordinado.
A diferencia del Plan de Igualdad, el protocolo LGTBI no requiere inscripción en un registro autonómico equivalente. Sí debes mantenerlo accesible para la Inspección de Trabajo, conservar evidencia de la negociación con la representación legal de las personas trabajadoras y de la formación impartida a plantilla .
Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, medidas LGTBI en acceso al empleo, clasificación y promoción profesional, formación y sensibilización en diversidad e inclusión LGTBI, permisos y beneficios sociales, régimen disciplinario, y un protocolo específico frente al acoso o violencia contra el colectivo LGTBI. Lo regula el RD 1026/2024 y es lo que cualquier asesoría LGTBI seria debe redactar e implantar, no solo entregar.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede sancionar a las empresas sin protocolo LGTBI conforme a la LISOS. Más allá de la sanción económica, la ausencia del protocolo deja a la empresa sin defensa documentada ante una denuncia interna y puede afectar a contratación pública y acceso a determinadas ayudas de la Comunidad de Madrid..



